martes, 7 de julio de 2009

Análisis de las Metodologías Fiscales y Financieras para el Ajuste por Inflación establecidas en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y la DPC N° 10

En economías inflacionarias como las latinoamericanas se han tenido implementar normas que permitan corregir ésta distorsión que se produce, nuestro país no escapa de ésta realidad por tal motivo la federación de colegio de contadores públicos de Venezuela elaboro normas que permitan presentar la información financiera de manera mas adaptada a la realidad y a la situación inflacionaria que se vive diariamente en la economía, ésta norma en materia inflacionaria basada principalmente en la NIC 29 que cita el ajuste por inflación, de la misma manera a través del gobierno y la ley de impuesto sobre la renta de 1992 y modificada en el 2001 se introdujo el ajuste por inflación como parte o elemento adicional que afecta el enriquecimiento neto.

La inflación no es más que el desequilibrio que se da entre la producción de bienes y servicios y la masa monetaria, por éste motivo surge la necesidad de ajustar la información financiera pues existe un desequilibrio entre la información histórica y la que en realidad en un momento dado sea la verdadera por la influencia de la inflación para realizar el ajuste por inflación se utilizan como base la DPC Nº 10 que se asemeja mucho a la norma internacional NIC 29.

La metodología utilizada para realizar los cálculos del ajuste por inflación financiero puede ser por el método mixto o por el nivel general de precios, Las semejanzas presentadas entre ambas metodologías son las siguientes: La base para las metodologías son los costos históricos, igualmente utilizan para medir el poder adquisitivo del dinero, y por ende la inflación, el índice de precios al consumidor del área metropolitana de Caracas y publicado por el Banco Central de Venezuela, para el registro de éstos movimientos o cambios producidos por la inflación se deben realizar en libros adicionales y especiales establecidos por el código de comercio.

Del estudio realizado en cuanto a las principales diferencias entre un método y otro, se encuentran las siguientes: La metodología financiera ajusta tanto el Balance General como el Estado de Ganancias y Pérdidas midiendo el costo integral de financiamiento; la metodología fiscal no afecta el Estado de Ganancias y Pérdidas, pues su impacto se da en la utilidad fiscal o enriquecimiento neto gravable, la cual resulta de ajustar los activos y pasivos no monetarios junto al patrimonio y su saldo dependiendo si es deudor o acreedor significara un aumento o disminución de la utilidad fiscal.

Las principales diferencias entre una metodología y otra es que en la metodología financiera se ajustan las partidas monetarias y no monetarias (cuando se presenten estados financieros comparativos), en la metodología fiscal solo las no monetarias. Otra diferencia importante en ambas metodologías se consigue en el efecto opuesto en el ajuste de los inventarios, así tenemos que la acumulación Ineficiente de inventario en épocas de inflación, produce a los efectos de la DPC 10 pérdida por tenencia cuando se utiliza el método mixto y los valores de mercado están por debajo de los valores históricos reexpresados, mientras que en la Ley de Impuesto Sobre la Renta esto es ilógico porque lo que busca la Ley es que todo activo no monetario, en este caso los inventarios ajustado por efectos inflacionarios generen un ingreso.

Otro aspecto importante de señalar es que por (DPC 10), mantener pasivos monetarios origina una ganancia monetaria, pues si una entidad se endeuda creando pasivos monetarios y con esa deuda adquiere activos no monetarios, se produce un incremento real en el patrimonio de la organización, ya que las partidas no monetarias se protegen de la inflación, mientras las monetarias no, en cambio desde el punto de vista fiscal sucede todo lo contrario, debido a que todo pasivo no monetario busca producir en el ajuste un gasto deducible de la renta gravable.

Una de las debilidades que presentan las metodologías tanto financiera como fiscal es que es cuestionable que utilicen el índice de precios al consumidor de área metropolitana de Caracas, para llevar adelante el ajuste, pues cada ciudad de Venezuela presenta porcentajes diferentes de inflación, y en segundo lugar lo costos que resulta realizar doble trabajo, para que la empresa pueda cumplir con el fisco y con los accionistas de la empresa.

Entre las fortalezas de la metodología financiera se consiguen las siguientes: proporciona información acerca de la eficiencia con la cual se manejan los recurso de la organización, permite corregir la variación que se produce por la perdida del poder adquisitivo del dinero y los resultados obtenidos por la metodología son fácilmente comparables, ya que los indicadores utilizados están a la disposición de cualquiera que los quiera verificar.

La fortaleza más importante de la metodología fiscal la representa el hecho que la empresa pague impuesto sobre la renta sobre la base de una ganancia real y no una ganancia ficticia que no incluía la perdida del poder adquisitivo del dinero. La DPC 10 busca medir o evaluar la eficiencia de la empresa a través de la gerencia, mientras la Ley de Impuesto Sobre la Renta sólo busca producir un efecto en la renta gravable del contribuyente sin importar si este es eficiente o no con el manejo de la inflación.

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